Medidas diferenciales de protección, contra la vulneración de los derechos de los niños y niñas, mujeres y jóvenes:

Se prioriza a la población infantil, joven y mujeres como sujetos de especial reconocimiento y protección en el marco del conflicto armado. Se coordinaran con comunidades étnicas medidas dirigidas a proteger la vida e integridad física de niños y niñas e impedir su relacionamiento y/o participación o realización de labores para los actores armados.