Establece medidas protección urgente frente a la crisis humanitaria de la población de Curvaradó y Jiguamiandó
Órdenes:
1. Adopción de un plan de caracterización del territorio.
2. Investigar el contexto en el que ocurrió el desplazamiento.
3. Acompañamiento en el proceso de restitución.
Declaró el estado de cosas inconstitucional debido a la inexistencia de una política pública integral para la población en situación de desplazamiento forzado por el conflicto armado.